Síguenos en

  • Ir a Cermi en facebook.
  • Ir a Cermi en twitter.
  • Ir a Cermi en Linked in.
  • Ir a Cermi en Instagram.
  • Ir a Cermi en Youtube.

CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

sábado, 30 de junio de 2012cermi.es semanal Nº 40

Ir a Cermi en Instagram.

"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

30º aniversario de la LISMI

El valor de la LISMI

Por Miguel Ángel Cabra de Luna, director de Relaciones Sociales e Internacionales y Planes Estratégicos de la Fundación ONCE

26/06/2012

Vista desde la perspectiva que dan estos 30 años transcurridos desde su entrada en vigor, podemos afirmar sin miedo a equivocarnos que la Ley de Integración Social del Minusválido, nuestra LISMI, ha constituido todo un avance histórico pues trajo consigo la adaptación de la normativa sobre discapacidad a las previsiones del artículo 49 de la entonces reciente Constitución. Ello supuso un hito pues, por primera vez, y de modo muy progresista en relación a otras Constituciones de nuestro entorno, se reconocía en la norma fundamental del Estado el derecho de las personas con discapacidad a disfrutar de los mismos derechos que el resto de los ciudadanos. Se trata pues de un precedente de todo el acervo jurídico que posteriormente se ha venido acumulando y que ha dado cuerpo al tratamiento de la discapacidad como derecho y no desde un punto de vista puramente médico o rehabilitador.  

"Sobre esta norma tuvo una incidencia fundamental el complejo proceso de descentralización política y administrativa en las Comunidades Autónomas"  

Conviene recordar el difícil contexto de la transición política y de grave crisis económica en el que la LISMI se gestó y aprobó, por lo que no podemos dejar de reconocer el valor que tuvieron los que participaron en una reforma de estas características y el amplio consenso político con el que se aprobó el texto. También debemos tener presente que sobre esta norma tuvo una incidencia fundamental el complejo proceso de descentralización política y administrativa en las Comunidades Autónomas.
 
Así pues, la LISMI empezó a andar y es justo admitir que sus principales efectos se produjeron durante sus primeros años de vigencia sobre todo en lo relativo a las prestaciones económicas y sociales, que, junto al empleo, han sido las principales materias que han sido objeto de desarrollo bajo su amparo.

En esos primeros tiempos, podemos destacar la creación de los subsidios de garantía de ingresos mínimos, de ayuda de tercera persona y de movilidad y compensación para gastos de transporte. Ciertamente la propia LISMI manifestaba que el sistema de prestaciones sociales y económicas que establecía tenía vocación de interinidad y por eso la posterior Ley 26/1990, de 20 de diciembre, universalizó las prestaciones de seguridad social e incluyó en ellas a las personas con discapacidad. Hasta ese momento, los mecanismos que permitían la protección del colectivo estaban situados al margen de la Seguridad Social y dicha Ley convirtió a ésta en un elemento esencial para asegurar los principios constitucionales de suficiencia de prestaciones, universalidad del ámbito de cobertura y su carácter público.

El citado texto legal establecía dos modalidades de pensiones no contributivas, jubilación e invalidez, a favor de aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, careciesen de recursos económicos suficientes para su subsistencia, con cuantías superiores a las de las antiguas pensiones asistenciales y a las del subsidio de garantía de ingresos mínimos. Esta misma Ley también modificó sustancialmente las prestaciones familiares por hijos a cargo, prestaciones que actualmente representan una importante vía de protección de nuestro colectivo. Por tanto, las prestaciones instauradas por la Ley 26/1990 quedaron configuradas como verdaderos derechos subjetivos a favor de los beneficiarios, eliminando cualquier rasgo de discrecionalidad o asistencialidad que podían caracterizar a algunas de las prestaciones hasta ese momento existentes.

"La LISMI propició el ejercicio pleno del derecho a la educación, la integración en el sistema ordinario y la gratuidad de los estudios universitarios"

Otro hito fundamental de nuestra querida LISMI fue la generalización de la asistencia sanitaria y los servicios sociales para el colectivo de personas con discapacidad, así como la gratuidad de determinadas prestaciones, como la farmacéutica.

La LISMI propició además el ejercicio pleno del derecho a la educación, la integración en el sistema ordinario, aún con dificultades y fallos, y la gratuidad de los estudios universitarios.

Con ella el empleo también dio otro salto importante, que no obstante se ha revelado como insuficiente para acercar nuestras tasas de empleo y actividad a la de las personas sin discapacidad. Hay que recordar cómo, tras múltiples reformas y desarrollos, se ha afianzado la cuota de empleo en las empresas de 50 ó más trabajadores, cómo estamos avanzando en su cumplimiento efectivo tanto en las empresas privadas como en la Administración Pública y cuál es el grado de implantación actual de los centros especiales de empleo, modelo por el que apostó la LISMI.

Cómo obviar, por último, que la LISMI también propició la consolidación de un movimiento de la discapacidad fuerte y unido, hoy representado por el CERMI, articulado con el conjunto del Tercer Sector y la Economía Social.

Junto a estos logros históricos –pensemos cuál era la situación de las personas con discapacidad hace 30 años y en qué posición estamos ahora-, no podemos olvidar las insuficiencias y limitaciones de que adoleció esta Ley. Sin duda quedan muchos aspectos que aún han de mejorarse y actualizarse.

El tema de la accesibilidad tenía una regulación francamente mejorable y su desarrollo no cubrió siquiera las expectativas del sector de la discapacidad. Aunque hacer un mundo plenamente accesible, en el que no nos preguntemos si una persona con discapacidad puede o no disfrutar de un bien o servicio o ejercer un derecho, sigue siendo un objetivo del que estamos lejos, la aprobación de la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, ha desencadenado un proceso ya imparable hacia la plena igualdad de derechos.

"Probablemente estemos en un momento crucial para repensar cómo dar mayores oportunidades laborales a tantas personas que ni siquiera se plantean la actividad laboral"

El empleo constituye otra de nuestras principales preocupaciones. El CERMI ya ha propuesto una nueva Ley de Inclusión Laboral. Probablemente estemos en un momento crucial para repensar cómo dar mayores oportunidades laborales a tantas personas que ni siquiera se plantean la actividad laboral y cómo conectar ésta con el sistema de prestaciones económicas, para lo que habrá que buscar nuevas flexibilidades. Las discapacidades sobrevenidas son un reto en los próximos años, pues son las que están experimentando un mayor aumento frente a las congénitas. No se puede seguir marginando del empleo a la persona que se ve afectada por una discapacidad sobrevenida: desde el sector deberíamos hacer un mayor esfuerzo por elevar la conciencia de los agentes que operan en el mercado laboral y por impulsar la modificación de algunas normas laborales que han quedado obsoletas, articulándolas en torno al concepto de ajuste razonable. Responsabilidad social y cumplimiento estricto de las normas pueden ser, a estos efectos, una combinación inteligente.

Tampoco la integración educativa funciona correctamente, sobre todo en el ámbito de la educación no universitaria, y proponemos apostar fuertemente por ella.

El Sistema de Salud Pública sigue sin encajar debidamente con el de Servicios Sociales, motivo por el que llevamos tiempo defendiendo un nuevo modelo sociosantiario que atienda debidamente la discapacidad desde un punto de vista integral. También el modelo de prestaciones económicas no contributivas necesita una profunda revisión, como ha reconocido el Pacto de Toledo.
 
A pesar de lo mucho que todavía queda por hacer, sin la LISMI nada de todo esto estaría hoy más cerca. En tiempos de desánimo como los actuales, el ejemplo de aquellos valientes que en unos años tan difíciles como los primeros ochenta lucharon por un mundo mejor y consiguieron ver aprobada esta norma, debería proporcionarnos el aliento necesario para continuar nuestra tarea de lograr la plena igualdad de las personas con discapacidad en la línea marcada por la Convención de la ONU.

  • facebook
  • twitter
  • linked in
  • enviar a un amigo
  • imprimir noticia

Con el apoyo de:

  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Secretaría de estado de servicios sociales. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Fundación ONCE. Abre una ventana nueva.
  • CERMI. Innovación social en discapacidad. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Asuntos sociales, unión europea y cooperación. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Hablamos de Europa Abre una ventana nueva.

    ¿Dónde estamos?

    Calle Recoletos, 1 Bajo, 28001 Madrid - España